Martes 25 de Febrero de 2010

 

Te adjuntamos copia de las circulares que hemos enviado a Marina Press y al Diari Avui, para tu conocimiento y efectos oportunos:

TEXTO CARTA MARINA PRESS

Sr. Didac Soto, Gerente de Marina Press

Distinguido Sr..

Suponemos que debido a un error, el domingo día 21 del corriente, el Mundo de Catalunya se distribuyó a los diferentes puntos de venta con el P.V.P. de 2’20  € en lugar de 2’50 € que es el P.V.P. al que debería haberse vendido.

Tal y como les hicimos saber en nuestra llamada telefónica, hemos comunicado a nuestros Asociados, que en la factura correspondiente se les efectuará el abono por la diferencia, de acuerdo con la cantidad de ejemplares que haya vendido cada uno.

Atentamente.

LA JUNTA DIRECTIVA

TEXTO CARTA DIARI AVUI

Sr. Joan Bosch, Presidente de CORPORACIÓ CATALANA DE COMUNICACIÓ S.L.

Distinguidos Srs..

Por la presente, ponemos en su conocimiento que hasta el domingo día 14 del corriente el periódico “AVUI” editado por Uds. se ha distribuido, los domingos, con un porcentaje del 25 % para el Vendedor.

Desde dicha fecha se está abonando a razón del 20 %, con lo cual repercuten un 5 % para Uds. que pertenece a los Vendedores de Prensa

Entendemos que se trata de un error, por lo tanto deberán abonar esta diferencia en la factura correspondiente a cada Vendedor

Atentamente.

LA JUNTA DIRECTIVA

Sin otro particular aprovechamos la ocasión para saludarte atentamente y recordarte que debes controlar si te han efectuado el abono y reclamarlo si así no fuese.

 

Martes 25 de Febrero de 2010

 

ASESORÍA FISCAL

COMUNICADO URGENTE

De acuerdo con lo que dispone el Art. 32 del Reglamento General de aplicación de los tributos, están en la obligación, a partir del periodo 2008, de presentar la declaración del 347 los siguientes contribuyentes:

Personas Físicas y Entidades en atribución de rentas del IRPF (S.C.P. y C.B.), que tributen por estimación objetiva (módulos) y, simultáneamente, en IVA para regimenes especiales simplificados y del recargo de equivalencia, PARA AQUELLAS OPERACIONES SUPERIORES A 3.005’06 € DE LAS QUE SE HAYAN EMITIDO FACTURA, es decir siempre que haya tenido que expedir factura completa con identificación del destinatario. Quedan excluidas del deber de declarar aquellas operaciones por las que no se haya tenido de expedir factura o documento sustitutivo consignando los datos de identificación del destinatario.

También se exige tener que DECLARAR LAS OPERACIONES POR IMPORTE SUPERIOR A 6.000 € que se hayan percibido en metálico.

Esta obligación se tendrá que cumplimentar para las operaciones declaradas únicamente respecto de las ENTREGAS DE BIENES Y SERVICIOS (CLIENTES).

Por eso ponemos en conocimiento de todos los Asociados que, para poder confeccionar la Declaración Anual de Operaciones con terceras personas correspondiente al ejercicio 2009 comuniquen:

El total de OPERACIONES, efectuadas del ejercicio 2009, SUPERIORES A 3.005’06 € EN LAS QUE SE HAYAN EMITIDO FACTURA, y que se especifique también, si se da el caso, las cantidades percibidas en metálico si son superiores a la cifra de 6.000 €. Una cifra no será excluyente de la otra (importe de operaciones total y cantidades percibidas en metálico).

Rogamos que los datos sean facilitados:

Presencialmente:

ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE VENDEDORES DE PRENSA DE BARCELONA

CONSULTING EMPRESARIAL MONCUSI,S.L.

Via fax: 93.487.18.94

URGENTE: El plazo de presentación del Modelo 347, es hasta el día 31-03-2010, rogamos que nos hagan llegar los datos antes del día 23-03-2010

 

Martes 2 de marzo de 2010

 

SOLO QUIOSCOS CON MÁQUINA DE TABACO

Como ya hacíamos referencia en nuestro escrito de Julio de 2009, las Empresas Tabaqueras reiteran sus quejas porque la mayoría de los puntos de venta no disponen de todas las referencias o marcas en la máquina de tabaco

Las mencionadas empresas en el año 2009 ya empezaron ha efectuar penalizaciones económicas, y esto afectará en las negociaciones del año 2010. De no solucionarse el problema están dispuestas a no renovar el contrato para el año 2011.

Todos aquellos vendedores, que tras las auditorias llevadas a cabo por las Empresas Tabaqueras, no dispongan de todas las referencias o marcas, NO PERCIBIRAN EL IMPORTE ESTABLECIDO POR ESTA ASOCIACIÓN.

 

Martes 2 de marzo de 2010

 

SOLO TIENDAS    -   MÁQUINA DE TABACO

Te comunicamos que el Comisionado de Tabaco ya ha concedido los primeros permisos para la venta de tabaco en las tiendas de venta de prensa.

Si estás interesado en la venta de tabaco en tu local, te convocamos a una reunión que tendrá lugar el martes día 9 de Marzo del presente a las 16,15 horas (4,15 de la tarde) en la sede de esta Asociación (C/ Sant Pau nº 15 bjs de Barcelona).

Deberás traer la siguiente documentación:

.- FOTOCOPIA DNI

.- FOTOCOPIA ALTA CENSO (MODELO 036-037)

 - FOTOCOPIA FACTURAS DISTRIBUIDORES (LOGISTICA de MEDIOS ,  MARINABCN)    .- M2  DEL LOCAL  Y M2 LOCAL DESTINADOS A LA ACTIVIDAD DE  VENTA DE PRENSA

- FOTO ENTRADA LOCAL

.- FOTO LUGAR DESTINADO A LA VENTA DE PRENSA

Procuraremos que el coste de la máquina, para ti, sea totalmente gratuita y una vez amortizado su importe, los beneficios que genere te repercutirán directamente.

Sin otro particular aprovechamos la ocasión para saludarte atentamente.

 

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